CABILDO SUPERIOR DE COFRADÍAS PASIONARIAS DE MOLINA DE SEGURA
Description
a) Promover el culto público a los misterios de la Pasión, Muerte y Resurrección de Jesucristo, así como la debida veneración a la Santísma Virgen y de los Santos, estimulando y vigilando que los diversos actos litúrgicos y, especialmente, las procesiones de Semana Santa, conduzcan a un verdadero encuentro con Dios en Jesucristo.
b) A este fin, el CABILDO SUPERIOR, consciente de que la liturgia es la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde mana toda su fuerza procurará que Cofradías miembros organicen sus actos de devoción, entre los que se encuentran principalmente las procesiones, respetando los horarios de las celebraciones litúrgicas, en especial la de Jueves Santo y Viernes Santo y de la Vigilia Pascual del Domingo de Resurrección, de tal manera que aparezca claro que la Acción Litúrgica, por su misma naturaleza ,debe primar sobre los ejercicios piadosos.
c) Promover y conservar las tradiciones culturales de la Semana Santa, velando para que las celebraciones populares católicas, lejos de quedar reducidas únicamente a un hecho cultural, tengan en cuenta las creencias religiosas, las exigencias morales y la comunión eclesial que tales celebraciones comportan en la vida del pueblo cristiano.
d)El Cabildo Superior velará por la identidad cristiana de las Cofradías, por la debida comunión eclesial de las mismas y por la exclusión de cualquier injerencia de orden político, social o económico.
e) Informar sobre la creación, por parte de sus Asociaciones miembros, de nuevas imágenes u otros objetos de culto procesionales, así como en las restauraciones de unas y otros, a fin de evitar que se presenten al culto público obras artísticas que repugnen a la fe, a las costumbres y piedad cristianas, o que puedan ofender al sentido religioso, ya sea por depravación de las formas, por insuficiencia artística o mediocridad del arte, emitiendo oportuno informe, que será valorado por la Autoridad eclesiástica competente.
f) Pronunciarse sobre la procedencia de admitir novedades en las Procesiones de Semana Santa, o bien sobre a creación de una nueva Procesión, sin perjuicio de las competencias a este respecto de la Autoridad eclesiástica.
